Córdoba cierra sus ríos: la prohibición total que cambia la temporada de verano

La Provincia de Córdoba decidió prohibir toda navegación en ríos y arroyos, una medida inédita basada en riesgos hidrológicos y en el nuevo marco legal de la Ley 11.005. La normativa, formalizada por la Resolución 1120/2025, busca prevenir accidentes ante la llegada del turismo estival y refuerza la presencia del Estado en materia de seguridad náutica.

La temporada de verano en Córdoba arrancará con una medida drástica y sin precedentes: desde el 20 de noviembre de 2025, por decisión de la Dirección de Seguridad Náutica, queda prohibida la navegación en todos los ríos y arroyos de la provincia. La disposición surge de la Resolución 1120/2025, publicada en el Boletín Oficial, y se apoya en las facultades otorgadas por la Ley 11.005, vigente desde diciembre de 2024.

Según la autoridad de aplicación, los cursos de agua cordobeses “no poseen las características necesarias para desarrollar una navegación segura”. El documento es contundente al describir los riesgos naturales: caudales irregulares, crecidas abruptas, piedras de posición cambiante, escasa profundidad, y la existencia de diques y presas que incrementan la peligrosidad. A estos factores se suma la presencia masiva de turistas durante el verano, lo que eleva el riesgo de choques o embestidas.

La resolución instruye que la restricción es absoluta: no podrá navegarse con ningún tipo de embarcación ni dispositivo de flotación. Sin embargo, se mantiene una única excepción: los eventos náuticos deportivos autorizados específicamente por la Dirección de Seguridad Náutica. Competencias organizadas —como kayak, canotaje o triatlones— podrán realizarse bajo estrictos protocolos de seguridad.

El contexto normativo es clave. La Ley 11.005, que reemplazó a regulaciones de 1968, modernizó todo el régimen náutico provincial. Establece alcoholemia cero, requisitos obligatorios de chalecos, remos, cabos y seguros, y crea estructuras como el Registro Provincial de Infractores y Accidentes Náuticos y la Patrulla Náutica Provincial (dependiente del DUAR). También autoriza a la Dirección a prohibir la navegación en cuerpos de agua que no cumplan condiciones mínimas de seguridad.

Por este motivo, la prohibición no alcanza a los lagos y embalses provinciales. Allí, la navegación con lanchas, motos de agua, veleros o embarcaciones a remo continúa permitida, siempre con matriculación, carnet habilitante y controles estrictos. Embalses como San Roque, Los Molinos, Piedras Moras o Río Tercero seguirán funcionando bajo el esquema tradicional.

La normativa generó debate en redes sociales: mientras sectores vinculados al turismo señalan una posible afectación económica y algunos usuarios la consideran “excesiva”, especialistas en rescate y autoridades de seguridad destacan que los ríos cordobeses son más impredecibles que los lagos, y que la medida apunta a evitar tragedias recurrentes en temporada alta.

En síntesis, Córdoba da un giro preventivo: la prioridad del Estado provincial, explican las autoridades, es evitar accidentes antes que lamentarlos. La discusión pública recién empieza, pero la resolución ya impacta en una de las postales más icónicas del verano cordobés.

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