El Gobierno ajusta la Ley de Acceso a la Información Pública, generando críticas por un “retroceso democrático”
– A través del Decreto 780/2024, el gobierno de Javier Milei introdujo cambios significativos en la reglamentación de la Ley de Acceso a la Información Pública (Ley N° 27.275), lo que ha suscitado una fuerte reacción de organismos y expertos en transparencia. Estos cambios, que redefinen lo que se considera información pública y protegen los datos privados, han sido calificados por el Foro de Periodismo Argentino (Fopea) como un “grave retroceso democrático”.
Lo que cambió: Antes vs. Ahora
Antes: La ley original de acceso a la información pública, sancionada en 2016, establecía que toda información en poder de los órganos públicos debía ser accesible al público, salvo excepciones específicas claramente definidas por la ley. La definición de «documento» incluía cualquier registro relacionado con la actividad estatal, y las solicitudes de información podían realizarse sin restricciones significativas.
Ahora: El nuevo decreto introduce modificaciones clave:
- Definición de «Información Pública»: Ahora excluye datos de naturaleza privada generados o controlados por personas o entidades privadas, salvo que haya un interés público comprometido. Esto ha sido interpretado como un movimiento para proteger la privacidad de los funcionarios y evitar que aspectos de su vida personal sean sometidos a escrutinio público.
- Documentos: La nueva reglamentación define “documento” únicamente como aquel registro controlado o custodiado en el marco de la actividad estatal, excluyendo deliberaciones preparatorias y papeles de trabajo, lo que reduce significativamente la cantidad de información que se puede acceder.
- Formalidades de Solicitud: Se han establecido requisitos formales más estrictos para solicitar información, lo que incluye la identificación completa del solicitante y, en el caso de personas jurídicas, la presentación de un poder legalizado.
- Registro de Solicitantes: Se implementará una plataforma que registrará al solicitante, el contenido de su solicitud y la respuesta, con el objetivo de agilizar respuestas a solicitudes repetidas. Sin embargo, Fopea advierte que esto podría convertirse en una herramienta para desincentivar la presentación de solicitudes, bajo la amenaza de ser catalogadas como abusivas.

Críticas y Preocupaciones
Fopea no tardó en expresar su preocupación, calificando las nuevas medidas como restricciones al derecho de acceso a la información pública que sólo podrían ser legitimadas por una ley del Congreso, no por un decreto ejecutivo. “Estas restricciones no sólo limitan el acceso a la información, sino que también desalientan la participación ciudadana en los asuntos del Estado y oscurecen la gestión pública”, señalaron.
El foro también cuestionó la reinterpretación del término “documento”, ya que excluir deliberaciones preparatorias y papeles de trabajo deja fuera de acceso a información crucial para entender cómo se toman las decisiones en el ámbito estatal. Además, Fopea criticó el artículo sobre la “buena fe”, que podría derivar en indemnizaciones si se considera que una solicitud de información no se realizó bajo este principio.
En su comunicado, Fopea recordó que la ley de 2016 se fundamenta en el principio de que la información pública pertenece a los ciudadanos, no al Estado, y que cualquier modificación que restrinja este acceso es un retroceso para la transparencia y la democracia.
El debate continúa
Este decreto ya ha generado un intenso debate sobre los límites del acceso a la información pública en Argentina. Mientras el Gobierno defiende las modificaciones como necesarias para proteger la privacidad y eficiencia administrativa, organizaciones como Fopea advierten que estos cambios podrían sentar un peligroso precedente en la gestión de la información pública y la rendición de cuentas. La comunidad internacional y los defensores de los derechos humanos estarán atentos a las consecuencias de estas modificaciones en la práctica.