Argentina avanza hacia la tokenización de activos: el nuevo régimen que podría transformar el mercado de capitales

La Comisión Nacional de Valores aprobó la Resolución General 1060/2025, que habilita un marco legal para representar acciones, bonos y otros instrumentos del mercado de capitales en formato digital mediante blockchain. Se trata de un cambio sin precedentes en el sistema financiero argentino..

La Comisión Nacional de Valores (CNV) oficializó la implementación de un régimen experimental de tokenización de valores negociables a través de la Resolución General N.º 1060/2025. Esta medida abre la puerta para que instrumentos como acciones, obligaciones negociables, fideicomisos financieros, fondos comunes de inversión cerrados y CEDEARs puedan representarse también en formato digital utilizando tecnologías de registro distribuido (TRD), como blockchain.

La resolución incorpora un nuevo Título XXII a las Normas de la CNV y establece que esta representación digital será complementaria, no sustitutiva, de las formas tradicionales cartulares o escriturales. En otras palabras, los valores pueden coexistir en formato tradicional y tokenizado, pero sin duplicarse. La medida ubica a Argentina en una línea de desarrollo similar a la de países como Brasil, España o Suiza.

¿Qué es la tokenización?

La tokenización consiste en representar digitalmente un valor negociable ya autorizado, conservando sus características legales pero habilitando nuevas vías de operación a través de plataformas tecnológicas. Para ello, se requiere el uso de blockchain o tecnologías equivalentes, que garanticen trazabilidad, seguridad, transparencia e interoperabilidad. Esta representación no modifica la naturaleza jurídica del valor, ni otorga derechos diferentes a los establecidos originalmente.

Instrumentos alcanzados

Podrán ser tokenizados aquellos valores que ya cuenten con autorización de oferta pública, incluyendo:

  • Acciones ordinarias o preferidas

  • Obligaciones negociables (bonos corporativos)

  • Fideicomisos financieros

  • Fondos comunes de inversión cerrados

  • Certificados de Depósito Argentinos (CEDEARs)

La CNV aclara que no se habilita la tokenización de instrumentos no autorizados previamente, ni de activos digitales con naturaleza distinta a la de los valores negociables.

¿Quiénes intervienen?

El proceso de tokenización estará a cargo exclusivamente de los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV), quienes deberán estar inscriptos en todas las categorías del registro de la CNV. Estos agentes serán responsables de:

  • Custodiar los valores tokenizados

  • Registrar las tenencias

  • Comercializar los tokens

  • Garantizar la transparencia operativa y técnica del sistema

Los PSAV deberán cumplir además con todas las exigencias vinculadas a prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo, y no podrán operar los activos en forma propia.

¿Cambia la naturaleza jurídica del valor?

No. El régimen establece que la tokenización no altera el estatus legal del instrumento original. Los derechos que confiere (voto, cobro de dividendos, preferencia, etc.) se mantienen, aunque se ejercen a través de mecanismos de consulta y no en forma directa desde el token.

Asimismo, se permite que los valores sean convertidos desde su forma tradicional a tokenizada (y viceversa), pero no pueden coexistir representaciones paralelas del mismo instrumento.

Sandbox regulatorio

La resolución establece un período de prueba o «sandbox» de 12 meses, durante el cual la CNV observará el funcionamiento del sistema de tokenización en condiciones reales pero limitadas. Esta etapa será supervisada directamente por el organismo.

Además, la norma impone un plazo de dos años desde la autorización para que los emisores concreten la tokenización efectiva. Si no se realiza en ese tiempo, la representación digital pierde validez, aunque el instrumento conserva su vigencia tradicional.

Obligaciones y limitaciones

El régimen impone varias condiciones clave:

  • Los valores tokenizados deben estar depositados en un Agente Depositario Central de Valores Negociables (ADCVN).

  • Los PSAV no pueden usar, transferir ni operar por cuenta propia los tokens bajo su custodia.

  • Toda publicidad relacionada con estos activos deberá ser clara, comprensible y libre de tecnicismos engañosos, especialmente cuando se trate de inversores no calificados.

Plataformas habilitadas para operar

La negociación de tokens podrá realizarse únicamente en entornos autorizados por la CNV:

  1. Plataformas de financiamiento colectivo (PBC), que deben estar registradas y orientadas a inversores calificados.

  2. Sistemas de Segmentación Nominal (SSN), donde podrá realizarse negociación secundaria de tokens bajo supervisión del regulador.


Una transformación silenciosa

Con esta resolución, la CNV inicia una transformación estructural del mercado de capitales argentino, acercándolo a estándares de innovación financiera global. La tokenización no solo permite mayor eficiencia y reducción de costos, sino que habilita nuevas formas de inclusión inversora y financiamiento, especialmente para emisores pequeños o startups.

Sin embargo, el éxito de esta iniciativa dependerá de su adopción por parte de los actores del mercado, del compromiso tecnológico de los PSAV, y del rol activo de la CNV como fiscalizadora.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *